Ejemplificar conceptual e ilustrativamente la responsabilidad subjetiva en los accidentes laborales

 La responsabilidad subjetiva se funda en la culpa y está relacionada con una conducta imprudente o negligente del empleador que pueda perjudicar a un empleado, lo que le acarrearía responsabilidad civil o penal y está en la obligación de indemnizarlo.

Vale destacar que la responsabilidad subjetiva es un acto antijurídico, por ser contrario al ordenamiento legal; pues es generado por intención, imprudencia, negligencia, impericia, omisión, abuso o inobservancia del texto normativo, a asumir la culpabilidad como hecho generador de daño.

Un hecho contrario a la ley, se considera ilícito. Según el artículo 1196 del Código Civil Venezolano, establece la reparación del daño moral causado por el hecho ilícito de la siguiente forma: “la obligación de reparación se extiende a todo daño material o moral causado por el acto ilícito”.




http://comunicacionjuridica-carolinda.blogspot.com/2008/03/responsabilidad-subjetiva-y-objetiva.html Carolina 2008

Comentarios

  1. Concuerdo contigo la imprudencia, descuido o negligencia del patrono en sus acciones o la de su representado que puedan afectar a los trabajadores constituye un hecho ilícito que debe acarrear como lo establece la norma una indemnización

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